ACTUALIZACIÓN MONTOS MULTAS PROFECO heza 10 enero, 2020

ACTUALIZACIÓN MONTOS MULTAS PROFECO

BOLETÍN HEZA FI-0074

El pasado 26 de diciembre de 2019 se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo por el que se actualizan para el año 2020 los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

Los ajustes se hicieron en las siguientes multas y medidas de apremio:

  • Para reclamaciones, tratándose de los consumidores que adquieran, almacenen o utilicen o consuman bienes o servicios con el objeto de integrarlos a procesos de producción, transformación o comercialización $561,970.57 pesos
  • Multa que puede imponer Profeco en el desempeño de sus funciones previo apercibimiento $280.98 pesos a$28,098.52 pesos
  • En el supuesto de persistencia en alguna infracción perpetrada, se impondrán nuevas multas por cada día transcurrido sin acatar el mandato correspondiente $11,239.41 pesos
  • Multa para sancionar las infracciones o el incumplimiento a obligaciones como: fomento permanente de una cultura de consumo responsable e inteligente; a que el consumidor al adquirir un bien y entregase una cantidad como depósito por su envase y empaque, tendría derecho a recuperar, al momento de la devolución la suma integra erogada; que los proveedores y las empresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios incumplan su deber de informar gratuitamente a cualquier persona que lo solicite si mantienen información acerca de ella, entre otras $280.98 pesos a$899,152.91 pesos.
  • Serán las multas aplicables aquellas infracciones a la información y publicidad de productos importados como de manufactura nacional, como que sus etiquetas, envases y empaques se expresarán en español; el uso adecuado de leyendas “garantizado” o “garantía”; o la obligación del proveedor de entregar el bien o prestar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad, entre otras. de $561.97 pesos $1’798,305.81 pesos
  • Sanción por infracciones a la prohibición de que cualquier proveedor de bienes o servicios lleve a cabo acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación; faltas a los requisitos que deben cumplir las casas de empeño en los contratos de adhesión; al tratarse de actos relacionados con inmuebles, el proveedor no proporcione al consumidor la información prevista en las disposiciones; el incumplimiento por parte de los proveedores de la bonificación que deben realizar por motivo de una verificación, la Profeco detecte violaciones, entre algunas más, $807.27 pesos $3’157,358.71 pesos
  • En los supuestos particularmente graves, la Profeco podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de 90 días $168,591.18 pesos $4’720,552.80 pesos
  • Cuando por un mismo hecho se cometan varias infracciones, la multa total impuesta por la totalidad de las mismas no excederá de $9’441,105.57
El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2020

RECOMENDACION HEZA

Como podemos observar, como parte de sus facultades, la autoridad ha actualizado los importes en relación a las multas por parte de la PROFECO, por lo que se vuelve fundamental revisar las operaciones y prácticas en cumplimiento con las disposiciones fiscales, en relación a los servicios o productos que se manejan con los clientes, esto anterior con el fin de evitar complicaciones futuras tanto por multas como con repercusiones negativas en opiniones de cumplimiento por parte de la autoridad.

Como siempre, el personal de Heza Consultoría especializado en la práctica está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.
MÁS INFORMACIÓN: Hugo Valdez
Asesor de Heza Consultoría Integral

FUENTE: https://www.sat.gob.mx/normatividad/27577/leyes-fiscales