Incrementar el salario mínimo en la frontera impactaría a las empresas en el tema de las aportaciones al Seguro Social y al Infonavit.
El 1o. de diciembre de 2018 se llevó a cabo la toma de protesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien en su discurso reitero el incremento al salario en la zona fronteriza (Chihuahua, Sonora, Baja California, Tamaulipas, Coahuila y Nuevo León).
El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo un trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos (art. 90, LFT).
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos —Conasami— es el organismo encargado de fijar los salarios mínimos legales en la República Mexicana (arts. 94 y 95, LFT).
Un cambio como el planteado repercutirá en el esquema actual de las aportaciones que realizan los patrones y en el uso del Sistema Único de Autodeterminación —SUA—.
Por ejemplo, al incrementarse el salario mínimo en la frontera, los patrones ubicados en esa zona tendrían que comunicar en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario, el aviso respectivo (art. 34, LSS).
Por su parte, el IMSS debería modificar el SUA a efectos de que este contemple dos tipos de salario mínimo (fronterizo y el resto de la república) para que no se registren a los trabajadores con un salario base de cotización inferior al legal.
Asimismo, los patrones que cuenten con distintas sucursales, tendrán que identificar a qué zona pertenecen sus colaboradores a efectos de que se les aplique correctamente su salario mínimo.
Finalmente, para el incremento de este salario habrá que esperar la determinación de la Conasami, o en su caso la reforma laboral en donde se establezca el nuevo mecanismo para fijar los salarios mínimos.