BOLETÍN SS-06-2023
Guadalajara-Jalisco:
Derivado de lo anterior y el Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.
Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentación de su declaración anual vence en marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril, por lo que durante en el pago se deberá hacer en los términos siguientes:
• Del 01 de abril al 30 de mayo si trabajas para una empresa persona moral.
• Del 01 de mayo al 29 de junio si trabajas para una empresa persona física.
Consulta los boletines siguientes para conocer más información sobre el Reparto de Participación en las Utilidades.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria, para el conocimiento sobre los comunicados de la autoridad en materia del contribuyente.
Fuente: www.gob.mx/stps