¿ERES DONATARIA AUTORIZADA? ¡EL SAT TE DARÁ PRÓRROGA PARA EL CUMPLIMIENTO DE TUS OBLIGACIONES! heza 10 septiembre, 2020

¿ERES DONATARIA AUTORIZADA? ¡EL SAT TE DARÁ PRÓRROGA PARA EL CUMPLIMIENTO DE TUS OBLIGACIONES!

BOLETÍN FI-0196
Guadalajara-Jalisco.

Auditorías a donatarias autorizadas… ¿realmente servían? - Soy Conta

En dicha publicación de la versión anticipada, se establecen prórrogas en el cumplimiento de obligaciones en materia de Donatarias Autorizadas.

NUEVAS OBLIGACIONES Y FACILIDADES PARA LAS DONATARIAS AUTORIZADAS ~  Consultoria Integral Financiera

Las obligaciones donde la autoridad otorgará prórroga para su cumplimiento son:

  • En cumplimiento a lo establecido en la regla 3.10.4 de la resolución miscelánea fiscal para 2020 donde se contempla la vigencia de la autorización para recibir donativos deducibles, se encontrará condicionada a que las donatarias autorizadas presenten a más tardar el día 30 de noviembre de 2020 el “Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” previsto en la regla 3.10.11 y la ficha 19/ISR del anexo 1-A de la resolución antes mencionada. La obligación prorrogada se debía cumplir a más tardar el día 30 de julio de 2020.
  • En ese mismo tenor, dentro de la versión anticipada publicada por el SAT también se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020 la presentación de la declaración informativa de ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas, prevista en el Artículo 86 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio 2019, originalmente prevista para el 15 de febrero de 2020.

Cuáles son los requisitos para ser donataria autorizada?

Como siempre, el personal de Heza Consultoría te brinda la información de manera oportuna para el cumplimiento de tus obligaciones, así como las facilidades con las que cuentas para su cumplimiento adecuado.

FUENTE: www.sat.gob.mx