CANCELACIÓN DE SELLOS DIGITALES POR NO PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL 2019 heza 5 junio, 2020

CANCELACIÓN DE SELLOS DIGITALES POR NO PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL 2019

BOLETÍN FI-0128
Guadalajara-Jalisco.

Entre los principales cambios efectuados por la autoridad para 2020, es el tema de “Suspensión temporal de Sello Digital” (Utilizado para la emisión de facturas), por lo que un supuesto para ser sujeto de la suspensión del mismo es el omitir la presentación de la declaración anual transcurrido un mes posterior a la fecha límite.

TE CANCELARON TU CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL Y NO PUEDES FACTURAR ...

En virtud de lo anterior, en el caso de las personas morales, el vencimiento de la declaración anual 2019, fue el pasado 31 de marzo, por lo que transcurrido un mes sin su presentación (1 de Junio 2020), se estaría en uno de los supuestos antes mencionados, otorgando al SAT la facultad de suspender temporalmente los Sellos Digital, lo cual traería como consecuencia al contribuyente el no poder emitir facturas.

Cancelación de Certificados de Sello Digital 2020 - Soy ContaEs importante mencionar que uno de los cambios implementados por la autoridad para la presentación de la declaración anual, es que ésta debe ser firmada con la Firma Electrónica del contribuyente.

Sellos digitales: Cancelación a diestra y siniestra – Veritas Online

NOTA: Las personas morales que a la fecha no han presentado su declaración anual, es de suma importancia subsanen cuanto antes esta situación, esto anterior con el objetivo de no verse afectados en la operación diaria al verse imposibilitada la emisión de facturas por parte del contribuyente.

FUENTE: https://www.sat.gob.mx/normatividad/18912/leyes-fiscales