BOLETÍN FC-02-2022
Guadalajara-Jalisco:

En atención a los porcentajes del Impuesto sobre nómina, se pagará de dicho impuesto según el estado donde se encuentre registrado al trabajador:

JALISCO
De acuerdo con la normatividad en la materia, en la sección del impuesto de nóminas en su fracción 13, “para el estado de jalisco se pagará de dicho impuesto lo siguiente:
• En los meses de enero, febrero y marzo será la que resulte de multiplicar la tasa de 2.125% a la base que se refiere la Ley de Hacienda de Jalisco.
• En los meses de abril, mayo y junio será la que resulte de multiplicar la tasa de 2.25% a la base que se refiere la Ley de Hacienda de Jalisco.
• En los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, será la que resulte de multiplicar la tasa de 2.50% a la base que se refiere la Ley de Hacienda de Jalisco”.
NAYARIT
De acuerdo con la normatividad en la materia, en la sección del impuesto sobre nóminas se establece lo siguiente:
“El impuesto sobre nóminas se causará a la tasa del 3 por ciento aplicable a la base gravable establecida en la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit en vigor.”

Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria para el correcto cumplimiento de las disposiciones en materia hacendaria.
FUENTE: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para 2022 y Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.
