¿ERES UNA SOCIEDAD MERCANTIL? ¡RECUERDA QUE DEBES REALIZAR TU ASAMBLEA ANUAL! heza 9 marzo, 2022

¿ERES UNA SOCIEDAD MERCANTIL? ¡RECUERDA QUE DEBES REALIZAR TU ASAMBLEA ANUAL!

BOLETÍN CP-01-2022
Guadalajara-Jalisco:

Derivado de lo anterior es importante comentar que para las Sociedades Anónimas, es una obligación presentar la información financiera en la asamblea de accionistas cada año, de acuerdo con el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Diferencia entre oponerse o solicitar la nulidad de una asamblea. - RS


Del mismo modo se indica que la asamblea ordinaria anual se deber realizar dentro de los primeros cuatro meses que sigan a la clausura del ejercicio social, es decir, entre los meses de enero, febrero, marzo y abril.

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En esa asamblea se podrá realizar lo siguiente:


• Nombramiento o revocación del administrador o consejo de administración.
• Nombramiento o revocación de comisarios.
• Determinación de emolumentos.

Diferencias entre un administrador y un apoderado general


No es obligatorio que en cada asamblea anual se nombre a un nuevo administrador o comisario. Lo que sí es recomendable es que cada año se revise su gestión para detectar posibles irregularidades, en cuyo caso, los accionistas podrán ejercitar una acción de responsabilidad civil en su contra

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FUENTE: Ley General de Sociedades Mercantiles.