MULTAS POR MEDIOS DE CONTACTO NO ACTUALIZADOS Y BUZÓN TRIBUTARIO heza 27 mayo, 2020

MULTAS POR MEDIOS DE CONTACTO NO ACTUALIZADOS Y BUZÓN TRIBUTARIO

BOLETÍN FI-0121 
Guadalajara-Jalisco.

Recientemente como parte de los cambios en materia tributaria a partir de Enero de 2020, se establece la obligación por parte de los contribuyentes de habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto, de acuerdo con el procedimiento que al efecto establezca la autoridad (Servicio de Administración Tributaria) mediante reglas de carácter general.

Pon en orden tu buzón Tributario y evita sanciones graves para tu ...

A través de diversas actualizaciones por parte de la autoridad, se otorga una prórroga para el cumplimiento de esta obligación conforme a lo siguiente:

  • Para personas morales a partir del 30 de Septiembre de 2020

  • Para las personas físicas a partir del 30 de Noviembre de 2020

Así mismo la prorroga prevista anteriormente por la no actualización de los medios de contacto y Buzón Tributario, es aplicable también para el tema de infracción la cual puede ascender hasta nueve mil doscientos cincuenta pesos.

SAT impondrá multa si no habilitas tu buzón tributario

NOTA: Es importante mencionar que a pesar de la fecha límite comentada, se sugiere realizar la actualización lo antes posible, ya que es el medio de contacto comúnmente utilizado por parte de las autoridades.

FUENTE: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593149&fecha=12/05/2020