BOLETÍN FI-0192
Guadalajara-Jalisco.
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![Conoce más sobre la opinión de cumplimiento del SAT - Fiscus Blog](https://www.fiscuscfdi.com/blog/wp-content/uploads/2020/01/opinion-portada-660x330.jpg)
La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, coloquialmente conocida como 32-D haciendo referencia a dicho artículo del Código Fiscal de la Federación, es un documento necesario para realizar trámites ante autoridades y en algunos casos ante clientes.
Dicho documento hace mención a la calidad del estatus que guarda tu situación fiscal en aspectos generales, es decir, estatus positivo o negativo.
En caso de ser positivo significa que te encuentras al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y que tampoco cuentas con algún crédito fiscal exigible por la autoridad fiscal. Éste estatus es el que se busca para poder generar trámites ante instituciones financieras, gobierno y algunos otros clientes.
En caso de ser negativa puede ser por lo siguiente:
- Se encuentre como NO LOCALIZADO
- Estar omiso en la presentación de declaraciones definitivas y/o provisionales.
- Presentar declaraciones con inconsistencias en ingresos o gastos.
- Se encuentre publicado en la lista del 69-B (Operaciones inexistentes)
- Tenga algún crédito fiscal firme o exigible.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría te brinda la información actualizada y en tiempo, a fin de cumplir de manera correcta con tus obligaciones y tomes tus precauciones al realizar trámites ante la autoridad o terceros.
FUENTE: www.sat.gob.mx