¿NO HAS ACTIVADO TU BUZÓN TRIBUTARIO? ¡TIENES HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE! heza 15 septiembre, 2020

¿NO HAS ACTIVADO TU BUZÓN TRIBUTARIO? ¡TIENES HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE!

BOLETÍN FI-0199
Guadalajara-Jalisco.

Cuidado! El SAT te puede multar si no habilitas tu buzón tributario | Alto  Nivel

El buzón tributario es el medio de comunicación en el contribuyente y la autoridad fiscal, a través del cual:

  • La autoridad realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido.
  • Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.

En ese sentido los plazos para cumplir con esa obligación se acercan, los cuales son los siguientes:

  • Personas Morales: Será obligatorio a partir del 30 de septiembre de 2020
  • Personas Físicas: Será obligatorio a partir del 30 de noviembre de 2020

Y a todo esto, ¿cómo funciona el Buzón Tributario del SAT?

Excepción: Siendo opcional su uso para quienes tributen bajo el régimen de sueldos y salarios, así como para quienes se encuentren inscritos en el régimen de incorporación fiscal (RIF).

¡Evita Sanciones! La multa por no cumplir con esa obligación corresponde de $3,080.00 a $9,250 pesos.

Multarán por no abrir buzón tributario | El Diario

Como siempre, el personal de Heza Consultoría te brinda información adecuada para el cumplimiento correcto de tus obligaciones, y así evitar sanciones por parte de la autoridad.

FUENTE: Código Fiscal de la Federación