BOLETÍN LG-27-2021
Guadalajara-Jalisco:
Derivado de lo anterior es importante mencionar que dicho decreto, es referente a las Reglas Aplicables a los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, para registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias, el cual entró en vigor el 1o. de septiembre de 2021.
Este documento está encaminado a que los patrones del ramo de la construcción que ejecuten obras especializadas, brinden la siguiente información en el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC), indicar:
• Que es subcontratista de ejecución de obra especializada
• Objeto de la obra especializada a ejecutar
• Número aproximado de trabajadores que participarán en la ejecución de la obra especializada
• Número asignado por el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE)
Para tales efectos, en el documento publicado en el DOF se instruye al titular de la Dirección de:
• Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la unidad de Fiscalización y Cobranza, resuelva las dudas o realice las aclaraciones con motivo de la aplicación del mismo
• Innovación y Desarrollo Tecnológico para que implemente las modificaciones al SIROC
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información, a fin de conocer los proceso de cumplimiento en tus obligaciones.
FUENTE: www.dof.gob.mx