OBLIGACIÓN CONTABILIDAD ELECTRÓNICA “PERIODO 13” heza 21 mayo, 2020

OBLIGACIÓN CONTABILIDAD ELECTRÓNICA “PERIODO 13”

BOLETÍN FI-0117
Guadalajara-Jalisco.

Contabilidad Electrónica por qué y qué hacerComo parte de las obligaciones por parte de los contribuyentes, la autoridad determina que deben presentar su información contable a través de medios electrónicos (Contabilidad Electrónica), la cual deberá ser enviada de forma mensual.

En adición a lo anterior, los contribuyentes tienen la obligación de presentar su “Contabilidad Electrónica” con los ajustes correspondientes al cierre del ejercicio, por lo que este período es comúnmente conocido como “Período 13”.

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Generalmente este “Período 13” es aquél que incluye los ajustes al cierre del ejercicio así como el registro de las cuentas de orden en materia contable (Correspondientes al mes de diciembre).

En virtud de lo anterior, la “Contabilidad Electrónica” correspondiente al cierre del ejercicio 2019 (Periodo 13), deberá presentarse a más tardar el 20 de abril de 2020 para las personas morales, en el caso de las personas físicas la fecha limite será hasta el 22 de mayo de 2020.

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Es importante mencionar que en el supuesto de que un contribuyentes no pueda enviar su información por no contar con acceso a Internet, podrán acudir a cualquier “Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente” donde será atendido para poder realizar el envío de la información desde las salas de Internet.

FUENTE: https://www.sat.gob.mx/normatividad/18912/leyes-fiscales