BOLETÍN FI-0110
Guadalajara-Jalisco.
La autoridad señala en su normatividad la obligación del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU). La cual deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.
Es importante mencionar que el plazo para la presentación de la declaración anual de las personas morales vence en el mes de marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril, por lo que trascurridos los sesenta días, los patrones tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores durante el mes de Mayo (Personas Morales) y el mes de Junio (Personas Físicas).
FUENTE: https://www.sat.gob.mx/normatividad/18912/leyes-fiscales