PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN FISCAL heza 19 junio, 2020

PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN FISCAL

BOLETÍN FI-0138 
Guadalajara-Jalisco.

De conformidad con la normatividad los contribuyentes que hayan optado por presentar el dictamen de los estados financieros formulado por contador público registrado deberán presentarlo a más tardar el 15 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.Icono de vector de reloj - Descargar Vectores Gratis, Illustrator ...Así mismo la autoridad otorga la opción a los contribuyentes de que el dictamen se pueda presentar a más tardar el 29 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate, siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio de 2020 y esto quede reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”; en los casos en que no se cumpla con lo anterior, el dictamen se considerará extemporáneo.

cash-payment-icon-5 -

Es importante mencionar que cuando el dictamen, o la información relacionada con el mismo se presenten fuera de los plazos previstos se tendrán por no presentados, por lo que la autoridad podría imponer una sanción de hasta $134,840.00 pesos.

INFRACCIÓN POR USO DE COMPROBANTES FISCALES CARENTES DE ...

NOTA: En el supuesto de que los contribuyentes que hayan optado por dictaminar sus estados financieros quieran renunciar a la presentación del dictamen, lo podrán hacer siempre que presenten un escrito en el que comuniquen dicha situación al SAT, esto debe ser a más tardar el último día inmediato anterior a aquel en el que deba presentarse el mismo.

Definida, fecha límite para la presentación de dictamen fiscal | IDC

FUENTE: https://www.sat.gob.mx/normatividad/18912/leyes-fiscales