¡PRÓRROGA PARA FACTURAR SIN E.FIRMA SI ERES PERSONA FÍSICA EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA! heza 27 diciembre, 2022

¡PRÓRROGA PARA FACTURAR SIN E.FIRMA SI ERES PERSONA FÍSICA EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA!

BOLETÍN FC-51-2022
Guadalajara-Jalisco:

Derivado de lo anterior dicha facilidad era para facturar sin la necesidad de la e.firma hasta el día 31 de diciembre de 2022.

Del mismo modo el Trigésimo Octavo Transitorio de la RMF antes mencionada prevé que el plazo que tienen las personas físicas del RESICO para obtener su firma electrónica activa es, a más tardar, el 31 de marzo de 2023; sin embargo, no obstante el plazo hasta marzo de 2023 para obtener la e.firma, el asunto es que estas personas físicas necesitan la e.firma a más tardar el 31 de diciembre de 2023 para dar cumplimiento de emitir sus CFDI a partir del 1 de enero de 2023.

Ahora bien, con la publicación de la RMF para 2023 el 27 de diciembre de 2022, a través del Vigésimo Quinto Transitorio se indica que los contribuyentes personas físicas que tributen en términos de la Sección IV del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR (RESICO), podrán expedir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD hasta el 31 de marzo de 2023.

Por lo anterior, las personas físicas del RESICO podrán continuar emitiendo CFDI sin firma electrónica hasta el 31 de marzo de 2023

Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria, para el conocimiento sobre los comunicados de la autoridad para la atención de trámites y servicios.

FUENTE: www.gob.mx