BOLETÍN FI-0110
Guadalajara-Jalisco.
De acuerdo con indicaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el supuesto de que un contribuyente no reciba la devolución total o parcial del saldo a favor de algún impuesto, este podrá ingresar a la sección “Consulta de devoluciones” localizada en el Buzón Tributario.
De esta manera el contribuyente puede dar seguimiento y solución a la inconsistencia determinada por la autoridad, presentando la documentación que soporte el origen del saldo a favor, así como mediante procedimientos de solicitud de devolución manual establecidos por la propia autoridad a través de la página de Internet del SAT.NOTA: Es importante mencionar que para la realización de este trámite es necesario contar con firma electrónica vigente.
FUENTE: https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-extiende-plazos-para-la-presentacion-de-declaracion-de-personas-fisicas-12-2020