¿SABÍAS QUE PUEDES PAGAR TUS ADEUDOS FISCALES EN PARCIALIDADES? ¡ENTÉRATE QUÉ CASOS Y CÓMO HACERLO! heza 24 agosto, 2020

¿SABÍAS QUE PUEDES PAGAR TUS ADEUDOS FISCALES EN PARCIALIDADES? ¡ENTÉRATE QUÉ CASOS Y CÓMO HACERLO!

BOLETÍN FI-0183
Guadalajara-Jalisco.

Quezada Fernandez » Adeudos Fiscales. Riesgos al dejarlos al olvido.

En la ficha 103/CFF del anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, se establece el procedimiento para poder realizar la solicitud para el pago a plazos o diferido.

En caso de solicitarlo, ¿existe interés mensual?

  • De 1 a 12 meses, tasa a aplicar del 1.26%
  • De 13 a 24 meses, tasa a aplicar del 1.53%
  • De 25 a 36 meses, tasa a aplicar del 1.82%
  • Para pago diferido, tasa a aplicar 1.82%

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¿En qué casos no podrá aplicar el pago bajo dichas modalidades?

  • Contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas.
  • Contribuciones y Aprovechamientos que se causen con motivo de la importación o exportación de bienes y servicios.
  • Contribuciones que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que solicite la autorización.
  • Contribuciones que debieron pagarse en el año de calendario en curso.

El trámite lo puedes presentar de manera Digital o Presencial en la Administración Desconcentrada de Recaudación más cercana a tu domicilio.

Pago en parcialidades o diferido – Enconta

NOTA: Pide a tu asesor que te oriente en los requisitos que debes cumplir para las solicitudes.

Como siempre, el personal de Heza Consultoría pone a tu disposición las herramientas y programas que pone a tu disposición el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de tus obligaciones.

FUENTE: www.sat.gob.mx; Código Fiscal de la Federación.