¡SE ACERCA EL RESICO! ¿QUIÉNES PRESENTAN AVISO Y QUIENES NO? heza 17 diciembre, 2021

¡SE ACERCA EL RESICO! ¿QUIÉNES PRESENTAN AVISO Y QUIENES NO?

BOLETÍN FC-39-2021
Guadalajara-Jalisco:

Derivado de lo anterior se indica que el aviso correspondiente que se deberá presentar a más tardar en el mes de enero de 2022, incumbe a las siguientes personas:


• Personas físicas inscritas en el RIF que deseen pertenecer al Régimen.
• Personas morales que estén obligadas a tributar en RESICO.
• Personas físicas que busquen migrar a RESICO.

Quiénes deben o pueden presentar aviso para tributar o no en el RESICO?

Permanencia en el RIF.


Las fracciones IX y X del Artículo Segundo Transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para el 2022, precisa que los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) deberán presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria a más tardar el 31 de enero de 2022, de lo contrario, la autoridad podrá realizar la actualización correspondiente a efecto de que tributen en el RESICO.

2,692,069 Documentos Imágenes y Fotos - 123RF


Personas morales obligadas a tributar en RESICO.


El Artículo Segundo Transitorio en su fracción I de la Ley del ISR para el 2022, señala que los contribuyentes que tributen en el Régimen General de personas morales o en el Régimen de Flujo de Efectivo de personas morales a la entrada en vigor de la Reforma, deberán inscribirse al RESICO siempre que cumplan con los requisitos correspondientes y presenten a más tardar el 31 de enero de 2022 un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


En caso de que no presenten el citado aviso, la autoridad podrá realizar la actualización de actividades económicas y obligaciones sin necesidad de que el contribuyente presente dicho aviso.

Documentos de cambio | Icono Gratis


En ese sentido, aun cuando los contribuyentes no presenten el aviso, serán registrados en el Régimen en comento.


Por lo anterior, resalta el hecho de que los preceptos que regulan al RESICO para personas morales se encuentre dentro del Título de “Estímulos fiscales”. Si bien el RESICO es un régimen con facilidades para el cálculo del impuesto, su carácter mandatorio dista de la naturaleza de un estímulo fiscal.

Registro la línea de mi celular | Argentina.gob.ar


Personas físicas que migren a RESICO


Las personas que estén inscritas en el Régimen de Actividades Empresariales y Servicios Profesionales (RAEP) o el Régimen de Arrendamiento (RA), estarán obligadas a presentar contabilidad en el 2022, a menos que se inscriban en el RESICO.


En ese sentido, aunque no esté explícitamente definido por la normativa, aquellas personas físicas que busquen migrar al RESICO, y que no actualicen los supuestos de exclusión, podrán presentar el aviso de actualización al RFC.

Cuándo existe obligación de hacer una auditoria en una Asociación o en una  Fundación? - PUCHE 29, CONSULTORÍA, ASESORÍA Y FORMACIÓN

Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria, para la realización de tus trámites ante el Servicio de Administración Tributaria.


FUENTE: www.sat.gob.mx