SITIO WEB PARA PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS heza 9 junio, 2020

SITIO WEB PARA PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS

BOLETÍN FI-0130
Guadalajara-Jalisco.

El pasado primero de junio entro en vigor el Régimen de Plataformas Digitales en el cual tributarán de manera obligatoria los contribuyentes que enajenen bienes o presten servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas.

Van por IVA en plataformas digitales extranjeras

En virtud de lo anterior la autoridad lanzó un sitio web para que plataformas tecnológicas nacionales y extranjeras localicen la información necesaria así como simuladores para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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El sitio se divide en dos apartados:

  • Plataformas tecnológicas
  • Personas físicas con actividades empresariales

La finalidad del sitio es que los contribuyentes “conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo diverso relacionado con este tema”.

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En el caso de personas físicas (Pertenecientes al RIF) pueden presentar su solicitud de cambio de régimen, así como el seguimiento de este en un máximo de seis días hábiles.

Es importante mencionar que bajo este esquema no es necesario acudir a las instalaciones para la realización de algunos trámites por lo que se complementa con el reciente lanzamiento de la página web SAT ID, utilizada para generar, actualizar o recuperar la contraseña por parte del contribuyente vía remota.

SAT ID

FUENTE: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html