¿TIENES CARTAS INVITACIÓN O EXHORTOS DE OBLIGACIONES OMITIDAS EMITIDAS POR LA AUTORIDAD? ¡ACLÁRALAS, AQUÍ TE DECIMOS CÓMO! heza 1 octubre, 2020

¿TIENES CARTAS INVITACIÓN O EXHORTOS DE OBLIGACIONES OMITIDAS EMITIDAS POR LA AUTORIDAD? ¡ACLÁRALAS, AQUÍ TE DECIMOS CÓMO!

BOLETÍN FI-0208
Guadalajara-Jalisco

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El Servicio de Administración Tributaria en su Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2020 nos indica como aclarar las cartas invitaciones o exhortos emitidos por la autoridad.

En dicho documento se adiciona la regla 2.12.15 la cual indica lo siguiente:

Regla 2.12.15 Aclaración de cartas invitación o exhortos de obligaciones omitidas.

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Cuando las personas físicas o morales reciban una carta invitación o exhorto, mediante el cual cualquier autoridad del SAT solicite se acredite el cumplimiento en la presentación de declaraciones a que está sujeto de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, por algún impuesto, concepto, periodo y ejercicio, podrán realizar la aclaración correspondiente ante la Administración Desconcentrada de Recaudación más cercana a su domicilio fiscal, de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 128/CFF “Aclaración de requerimientos o carta invitación de obligaciones omitidas”, contenida en el Anexo 1-A.

En caso de que te llegue una carta invitación o algún exhorto por omisión de obligaciones, consulta con tu asesor, a fin de cumplir de manera correcta y bajo los procedimientos establecidos por la autoridad, evitando sanciones administrativas.

Asesoría Contable - Fiscal | 61

Como siempre, el personal de Heza Consultoría te brinda información de importancia respecto de todas las modificaciones que podrían suscitarse en materia fiscal, con la finalidad de cumplir tus obligaciones de manera adecuada.

FUENTE: www.sat.gob.mx