BOLETÍN FC-29-2023
Guadalajara-Jalisco:
Derivado de lo anterior se informa que el último día para presentar la declaración anual del ejercicio 2022 es el 02 de mayo de 2023.
Las personas físicas que deberán presentar la Declaración Anual a más tardar esa fecha son:
Sueldos y Salarios:
• De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
• Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
• Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
• Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
• Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
• Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
Actividades empresariales, incluyendo:
• Plataformas tecnológicas.
• Región fronteriza.
• Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
Régimen Simplificado de Confianza, por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que hayan realizado.
Arrendamiento.
Reciben intereses o dividendos.
Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.
Adquisición de bienes, si compraron algún bien.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria, para el conocimiento sobre los comunicados de la autoridad en materia del contribuyente.
Fuente: www.sat.gob.mx