BOLETÍN FC-15-2021
Guadalajara-Jalisco
En atención a lo anterior se identifica que la regla 3.17.3 de la primera modificación a la resolución miscelánea fiscal, establece la Opción de pago en parcialidades el ISR anual de las personas físicas.
Lo anterior indica que podremos solicitar el pago del impuesto a cargo derivado de dicha declaración hasta en 6 parcialidades mensuales, si se presenta hasta el día 31 de mayo de 2021.
Del mismo modo menciona que las personas físicas contribuyentes, que hayan presentado su declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio 2020, antes del 6 de abril de 2021, y hayan optado por el pago hasta en 6 parcialidades, podrán continuar pagando conforme a las fechas de vencimiento que señalen las líneas de captura generadas, o en su caso, quienes hayan presentado su declaración anual antes del 6 de abril de 2021, podrán optar por presentar declaración complementaria hasta el 31 de mayo de 2021, disminuyendo en dicha declaración el pago efectuado con anterioridad, que en su caso hayan realizado.
Al presentar la declaración complementaria, se generarán las nuevas líneas de captura para las siguientes parcialidades.
Los pagos realizados se aplicarán siempre a la parcialidad más antigua pendiente de cubrir. La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar en el mes de octubre de 2021, incluyendo los recargos por mora que resulten aplicables, derivado del incumplimiento de alguna parcialidad.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información importante, para el conocimiento sobre las facilidades que brinda la autoridad, a fin de un buen cumplimiento de obligaciones fiscales.
FUENTE: www.sat.gob.mx