BOLETÍN GR-33-2021
Guadalajara-Jalisco
Dicho registro es para que las empresas que presten servicios u obras especializadas deben soliciten su autorización, conforme a la reforma a la Ley Federal del Trabajo, donde se señala en su artículo 15 que quienes presten servicios de subcontratación (servicios especializados) deberán contar con un registro ante la STPS.
Para realizar el registro se solicita información y documentación general del prestador de servicios especializados, además deberás estar al corriente con tus obligaciones fiscales y de seguridad social, dicho registro se deberá renovar cada 3 años.
De las 9,000 empresas que han iniciado el trámite, alrededor de 3,000 empresas subcontratistas han terminado el proceso de registro y, de esa cantidad, al día de hoy han obtenido ya su registro “más o menos” 600 empresas.
Las principales causas de rechazo hasta el momento han sido no contar con e.firma (firma electrónica) y errores en el objeto social que se informa a la STPS y que es lo que determina el servicio u obra especializada a prestar.
El plazo para el registro vence el 24 de agosto de 2021, por lo que es importante que las empresas hagan una exhaustiva revisión de sus estatutos y actividades registradas ante las autoridades, de manera que se aseguren de tener toda la información en orden.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información a fin de conocer los datos sobre la aplicación del trámite para registro de servicios u obras especializadas en materia del trabajo, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
FUENTE: www.stps.gob.mx