BOLETÍN FI-0115
Guadalajara-Jalisco.
Recientemente fue publicada la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 en la que establece que, la autoridad podrá restringir la contraseña temporalmente a los contribuyentes con irregularidades en su situación fiscal.
La nueva regla miscelánea “extiende” los supuestos de cancelación de los certificados de sellos digitales a la restricción de medios de acceso como la “Contraseña”, esto anterior en el supuesto de que un contribuyente que no puede ser ubicado en su domicilio fiscal, no avisó de cambio de domicilio fiscal, se tiene conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, entre otros.
En virtud de lo anterior cuando la autoridad fiscal identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en la normatividad, tendrá la facultad para restringir temporalmente la contraseña, hasta que el contribuyente aclare o desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado.
Es importante mencionar que por un lado la cancelación de sellos digitales impide a los contribuyentes poder facturar, ahora con la contraseña restringida, los contribuyentes no podrán realizar operaciones y/o tramites hasta en tanto se corrija su situación fiscal.
FUENTE: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593149&fecha=12/05/2020