El Senado aprobó en comisiones la sanción que podría alcanzar hasta seis años de prisión
Las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Primera aprobaron modificaciones al artículo 113 del Código Fiscal de la Federación para aumentar de tres a seis años de prisión a quien expida facturas falsas.
Tras un largo debate para evitar criminalizar a las Pequeñas y Medianas Empresas que adquieran facturas, pero que no cuentan con acceso a internet para verificar la legalidad de las mismas, se acordó separar los supuestos del delito, modificando el artículo 13 y creando un 13 Bis.
Así, se establece que en la fracción III del artículo 13 “se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que adquiera o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”, informó el Senado en un comunicado.
El nuevo artículo 13 Bis precisa que “se impondrá de tres a seis años de prisión a quien expida comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) estima que la cantidad de recursos que no ingresan al erario cercana a los dos billones de pesos, lo que equivale al 70 por ciento de la recaudación prevista para el año 2018.