MODIFICACIÓN EN EL TOPE DE SALARIOS CAÍDOS POR DESPIDO INJUSTIFICADO heza 16 octubre, 2019

MODIFICACIÓN EN EL TOPE DE SALARIOS CAÍDOS POR DESPIDO INJUSTIFICADO

BOLETÍN HEZA FL-0013

Los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobaron modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), con lo cual duplican de 12 a 24 meses el pago de salarios caídos de trabajadores, así como el incremento de la tasa de interés del 2.0% al 4.0%, que enfrenta la persona empleadora en un proceso de justicia laboral por despido injustificado en caso de que este se pierda

Artículo 48.LFT-

Si en el juicio correspondiente no comprueba la persona empleadora la causa de la rescisión, la persona trabajadora tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de veinticuatro meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del párrafo anterior.

Si al término del plazo señalado en el párrafo anterior no ha concluido el procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se pagarán también a la persona trabajadora los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de salario, a razón del cuatro por ciento mensual, capitalizable al momento del pago. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable para el pago de otro tipo de indemnizaciones o prestaciones.

Como siempre, el personal de Heza Consultoría especializado en la práctica está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.
MÁS INFORMACIÓN: Hugo Valdez
Asesor de Heza Consultoría Integral

FUENTE: http://www.notimex.gob.mx/notas?palabra=&categorias=1