BOLETÍN FC-34-2023
Guadalajara-Jalisco:
Derivado de lo anterior y al artículo 27, fracción VI del Código Fiscal de la Federación, es una de las obligaciones de las personas morales es la presentación del aviso en el RFC, a través del cual informe el nombre y clave del RFC, de los accionistas, asociados y demás personas cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica y que ostenten dicho carácter conforme a los estatutos o legislación bajo la cual se constituyen, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos, así como informar el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el capital social, el objeto social y quién ejerce el control efectivo, en los términos que establezca el SAT.
En la modificación mencionada a la regla 2.4.15 se debe presentar dicha información de los socios, accionistas, ademas de apoderados y representantes legales, tal y como se describe a continuación:
“2.4.15 Modificación o incorporación de información de socios o accionistas, así como de representantes legales.
Para los efectos del artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI del CFF, las personas morales deberán presentar solicitud ante el RFC en la cual informarán el nombre y la clave del RFC de los socios, accionistas o de las personas que tengan control, influencia significativa o poder de mando y de los representantes comunes de las acciones que ha emitido la persona moral cada vez que se realice una modificación o incorporación, conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y de representantes legales”, contenida en el Anexo 1-A.
Asimismo, para los efectos del artículo 19 del CFF, los contribuyentes podrán incorporar o actualizar la información de sus representantes legales para efectos fiscales cuando se requiera, de conformidad con el procedimiento señalado en la referida ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y de representantes legales”, contenida en el Anexo 1-A.”ia, para el conocimiento sobre los comunicados de la autoridad en materia del contribuyente.
Fuente: www.sat.gob.mx