BOLETÍN FC-46-2023
Guadalajara-Jalisco:
Derivado de lo anterior y conforme lo que publica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las empresas que compran y venden que amparan operaciones simuladas o inexistentes incurren en el delito de Defraudación Fiscal.
Del mimo modo en algunas ocasiones también se puede configurar el delito de Lavado de Dinero.
El castigo por ambos delitos es de hasta 13 años de cárcel.
Según el artículo 10 del Código Fiscal de la Federación “Comete el delito de defraudación fiscal quien, con uso de engaños, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido”
Es importante tomar en cuenta ésta información y evitar sanciones agresivas por parte de la autoridad fiscal.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información necesaria, para el conocimiento y cumplimiento de tus obligaciones en fiscal.
Fuente: www.sat.gob.mx