BOLETÍN FC-33-2024
Guadalajara-Jalisco:
1.Plazo para acercarte a la autoridad cuando se ha de detectado un:
Si alguno de tus proveedores aparece en la lista definitiva de Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) publicada por el SAT, tienes un plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación para acercarte a la autoridad fiscal y presentar las pruebas necesarias que demuestren la autenticidad de las operaciones realizadas con dicho proveedor.
2.Oportunidad para aportar materialidad o corregir situación fiscal:
No representa un acto de afectación, esto quiere decir que no se considera un acto que afecte negativamente al contribuyente de forma directa e inmediata, sino más bien una medida preventiva y correctiva que busca aclarar la situación antes de tomar cualquier acción punitiva.
3.Inicio de Facultades de comprobación:
- En el caso específico de los contribuyentes que se relacionan con EFOS, este proceso suele iniciarse cuando se detecta una posible relación con estas empresas o cuando se publica la lista de EFOS en el Diario Oficial de la Federación.
- Esto Incluye revisiones de gabinete, visitas domiciliarias y revisiones electrónicas como se mencionaron en el boletín anterior.
Consecuencias y sanciones:
Las sanciones para las empresas involucradas con EFOS son severas. Estas incluyen la no deducibilidad de los impuestos y la no acreditación del IVA, lo que puede resultar en pagos adicionales de impuestos, multas y responsabilidades penales. En algunos casos, se equipará a los factureros con la delincuencia organizada, con penas que pueden incluir prisión preventiva oficiosa
Si tu empresa se encuentra en esta situación y necesitas asesoría, acércate con nosotros en Heza consultoría integral estamos para atenderte.
Fundamento: CFF artículos 69-B (EFOS) y Artículo 42 fracción I, III y IX (Inicio de Facultades de comprobación)