¡PRESENTA TU DECLARACIÓN DE PRIMA DE RIESGO! heza 5 febrero, 2021

¡PRESENTA TU DECLARACIÓN DE PRIMA DE RIESGO!

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BOLETÍN SS-04-2021
Guadalajara-Jalisco

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La obligación de presentar la declaración de prima de riesgo está establecida en el artículo 74 de la Ley del Seguro Social, y del artículo 32 del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Dicha declaración se deberá presentar ante el instituto por los patrones, durante el mes de Febrero del año siguiente a aquel en que se determine la siniestralidad; es decir la declaración del ejercicio 2020, se presentará a más tardar el día 28 de febrero de 2021.

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¿Quiénes son los patrones exentos de presentar la Declaración?

  1. Se inscribieron al Instituto por primera vez.
  2. Cambiaron de clase de riesgo por haber modificado sus actividades empresariales durante 2020.
  3. Determinen una prima exactamente igual a aquella que estuvo vigente en 2020.

Los patrones que tienen menos de 10 trabajadores, tienen la opción de no presentar la declaración anual de la prima de riesgo y continuar cubriendo la prima media que les corresponde; sin embargo, si desean presentarla por así convenir a sus intereses, pueden efectuar el cálculo correspondiente y
presentar su prima.

La omisión de la presentación de esta declaración, o la presentación incorrecta de la misma, puede sancionarse con una multa desde 20 hasta 210 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente a partir del 1° de febrero de 2021, que se traduce en una multa desde $1,792.40 hasta
$18,820.20.

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Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información indispensable e importante para el cumplimiento de las obligaciones ante el Seguro Social.

Fuente: www.imss.gob.mx