BOLETÍN FI-0240
Guadalajara-Jalisco
“Con 45 votos a favor y 27 votos en contra se reforma la Ley de Instituciones de Créditos para garantizar el derecho a audiencia a personas que realizan operaciones con recursos de procedencia ilicita” publicó el Senado a través de sus redes sociales.
Con la adición de un Capítulo X al Título V de la Ley de Instituciones de Crédito, la Secretaría de Hacienda podrá incluir a una persona en la lista de cuentas bloqueadas cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra vinculada con los delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De acuerdo con los senadores, dicho proyecto busca prevenir o interrumpir actos ilícitos que ponen en riesgo la seguridad nacional, la seguridad pública, la economía nacional o el sistema financiero.
La iniciativa fue turnada de vuelta a la Cámara de Diputados para su discusión en los términos en que fue modificada por los senadores.
La reforma incluye también que las entidades financieras serán las responsables de notificar, por escrito o medios digitales, a las personas que se introduzcan a la lista de personas bloqueadas por contar con indicios suficientes de que se encuentran relacionadas con los delitos antes descritos.
Como siempre, el personal de Heza Consultoría te brinda información indispensable para el conocimiento de las reformas y modificaciones a las leyes, con la finalidad de cumplirlas correctamente.
FUENTE: www.senado.gob.mx